Artículo 36 de la LEY Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 36 dice que si tú eres la persona acusada, la que denuncia o la que se queja ante la Cámara de Diputados, puedes pedir copias oficiales de documentos públicos para usarlos como prueba. Las oficinas del gobierno están obligadas a darte esas copias sin demora. Si no te las entregan, la autoridad que lleva el caso le dará un plazo a esa oficina para que las entregue, y si no lo hace, le aplicarán una multa de entre 10 y 100 veces el salario mínimo. Pero si resulta que tú mentiste y nunca pediste los documentos, la multa te la pondrán a ti. También, la autoridad que investiga puede pedir directamente esas copias, y si la oficina no las manda a tiempo, también la multan.
Texto oficial
ARTÍCULO 36.- Tanto el inculpado como el denunciante o querellante podrán solicitar de las oficinas o establecimientos públicos las copias certificadas de documentos que pretendan ofrecer como prueba ante la Sección respectiva o ante las Cámaras. LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 01-04-2024 9 de 39 Las autoridades estarán obligadas a expedir dichas copias certificadas, sin demora, y si no lo hicieren la Sección, o las Cámaras a instancia del interesado, señalará a la autoridad omisa un plazo razonable para que las expida, bajo apercibimiento de imponerle una multa de diez a cien veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal sanción que se hará efectiva si la autoridad no las expidiere. Si resultase falso que el interesado hubiera solicitado las constancias, la multa se hará efectiva en su contra. Fe de erratas al párrafo DOF 10-03-1983 Por su parte, la Sección o las Cámaras solicitarán las copias certificadas de constancias que estimen necesarias para el procedimiento, y si la autoridad de quien las solicitase no las remite dentro del plazo discrecional que se le señale, se impondrá la multa a que se refiere el párrafo anterior.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.