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Artículo 39 de la LEY Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los diputados o senadores que acusaron a un servidor público no pueden votar cuando se decida su caso. Tampoco pueden votar si aceptaron ser defensores de esa persona, aunque después renuncien a defenderla. Esto aplica aunque ya no estén participando directamente en el asunto.

Texto oficial

ARTÍCULO 39.- No podrán votar en ningún caso los Diputados o Senadores que hubiesen presentado la imputación contra el servidor público. Tampoco podrán hacerlo los Diputados o Senadores que hayan aceptado el cargo de defensor, aun cuando lo renuncien después de haber comenzado a ejercer el cargo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.