- Ley
- LEY Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos
- Artículo
- 39
Artículo 39 de la LEY Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los diputados o senadores que acusaron a un servidor público no pueden votar cuando se decida su caso. Tampoco pueden votar si aceptaron ser defensores de esa persona, aunque después renuncien a defenderla. Esto aplica aunque ya no estén participando directamente en el asunto.
Texto oficial
ARTÍCULO 39.- No podrán votar en ningún caso los Diputados o Senadores que hubiesen presentado la imputación contra el servidor público. Tampoco podrán hacerlo los Diputados o Senadores que hayan aceptado el cargo de defensor, aun cuando lo renuncien después de haber comenzado a ejercer el cargo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.