Artículo 21 de la LEY Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que cuando se pagan sueldos o se contratan personas, siempre debe haber reglas que eviten la discriminación y promuevan la igualdad entre mujeres y hombres. Esto significa que si dos personas hacen el mismo trabajo y tienen la misma experiencia, deben ganar lo mismo, sin importar su género. También aplica para la contratación: no pueden favorecer a un hombre solo por ser hombre ni a una mujer solo por ser mujer. La ley obliga a que haya justicia y equidad en los trabajos.
Texto oficial
Artículo 21. En la fijación de las remuneraciones y la ocupación de las plazas siempre debe existir una política de perspectiva de género, igualdad y no discriminación, a fin de que, en iguales condiciones, las percepciones sean las mismas para mujeres y hombres.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.