LEY Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Esta ley sirve para controlar cuánto se les paga a todos los empleados del gobierno federal en México, como los que trabajan en dependencias, empresas del Estado, fideicomisos y organismos autónomos. Quien aclare cualquier duda sobre cómo aplicar esta ley será la Secretaría de Hacienda y la Secretaría de la Función Pública, pero solo en cosas que dependan del Presidente. En el caso de los diputados, senadores, jueces y organismos autónomos, ellos mismos deben crear sus propias reglas para cumplir con esta ley.
- Art. 2Este artículo dice que un servidor público federal es cualquier persona que trabaje en el gobierno federal, sin importar si es empleado de base, un puesto de confianza o una comisión especial. También incluye a quienes trabajan en organismos autónomos (como el INE) o en empresas del Estado (como Pemex). Además, establece que el dinero del gobierno federal solo se puede usar para pagar los sueldos de estos servidores públicos federales, y no para pagarle a cualquier otra persona, a menos que una ley o el Presupuesto de Egresos lo permita expresamente.
- Art. 3Si trabajas para el gobierno, tienes derecho a un sueldo justo y que vaya de acuerdo con lo que haces. Ese dinero es tuyo y no puedes renunciar a él ni te pueden pagar menos de lo que te corresponde. Además, el pago debe salir de la partida correcta del presupuesto, o sea, no pueden usar dinero destinado a otra cosa para pagarte.
- Art. 4Este artículo dice que los sueldos de los trabajadores del gobierno deben seguir estas reglas básicas: El sueldo se fija para todo el año y no te lo pueden bajar durante ese tiempo (anualidad). La diferencia entre el sueldo más alto y el más bajo dentro de un mismo puesto no puede ser mayor de lo que marca otra regla (equidad). Entre más responsabilidad tengas, más te tienen que pagar, según las tablas de sueldos (proporcionalidad). Si haces bien tu trabajo y consigues buenos resultados, eso debe reconocerse en tu paga (reconocimiento del desempeño). Las autoridades pueden revisar y vigilar cómo se pagan los sueldos (fiscalización). Nadie puede renunciar a su sueldo y todo debe pagarse exactamente como lo dice la ley (legalidad). No puedes recibir menos sueldo por tu origen, género, edad, religión, preferencias sexuales o cualquier otra cosa que vaya contra la dignidad humana (no discriminación). Todos los sueldos son públicos y el gobierno debe informar sobre ellos de manera clara y a tiempo (transparencia).
- Art. 5Este artículo habla de todo lo que se considera "sueldo" para los trabajadores del gobierno. Básicamente, cualquier pago que te den en dinero o en cosas (como despensas), incluyendo los bonos, aguinaldos, comisiones y premios, cuenta como parte de tu salario. La única excepción son los gastos que tienes que comprobar con facturas, como los que haces para hacer tu trabajo, y los viáticos de viajes oficiales. También dice que no cuentan como parte de tu sueldo cosas como las pensiones, las liquidaciones por jubilarte, los préstamos o créditos que te den, y los servicios de seguridad que necesites por tu cargo. Todas esas prestaciones extras no se suman a lo que consideran tu pago normal.
- Art. 6El artículo 6 explica qué se considera y qué no se considera como pago o sueldo para los trabajadores del gobierno. En la primera parte, dice que la "remuneración" incluye: tu sueldo base (el salario fijo), compensaciones extras (dinero adicional que no cuenta para prestaciones básicas), bonos o reconocimientos por buen trabajo, el aguinaldo (pago anual obligatorio), gratificaciones (como un aguinaldo extra si la ley o el contrato lo permite), las dietas (lo que ganan los diputados y senadores), el haber (el pago a militares) y pagos en especie (como recibir un bien o servicio en lugar de dinero). En la segunda parte, aclara que NO son sueldo los gastos que puedes comprobar con facturas para hacer tu trabajo, como viáticos para comisiones, ni los gastos necesarios para tu labor, como el uso de oficinas o transportes oficiales.
- Art. 7Este artículo dice que el sueldo de los servidores públicos (gente que trabaja en el gobierno) se define cada año en el Presupuesto de Egresos de la Federación (un documento donde el gobierno decide en qué va a gastar el dinero). Ese sueldo, llamado "remuneración bruta", incluye todo lo que reciben antes de impuestos, como el sueldo base, compensaciones, prestaciones (como aguinaldo o prima vacacional) y pagos extraordinarios. Además, el artículo obliga a que en ese presupuesto se especifique cuánto gana al año el Presidente, los titulares de cada institución (como la Cámara de Diputados, la Suprema Corte o el INE), y los tabuladores (una lista con los sueldos mínimos y máximos) de todos los empleados de esas dependencias. Todo esto se publica para que quede claro cuánto ganan.
- Art. 8Si trabajas en el gobierno y te pagan de más por error, tienes que avisar al departamento encargado de pagar los sueldos dentro de los 30 días hábiles (sin contar sábados y domingos) después de recibir ese dinero extra. Ese departamento debe informar al órgano interno de control (la autoridad que vigila la honestidad de los servidores públicos) que le corresponda. Hay algunas personas que están exentas de esta regla, como los trabajadores de base o los soldados y miembros de la Guardia Nacional que no tengan un puesto de jefes o superiores.
- Art. 9Ningún funcionario público de los que cubre esta ley puede ganar un sueldo igual o más alto que el del Presidente de la República, contando solo sus ingresos normales del año. No se toman en cuenta las prestaciones de seguridad social, como el seguro médico o el aguinaldo, que le toquen por ley. En pocas palabras, el presidente es el tope máximo de sueldo para cualquier servidor público de este grupo.
- Art. 10Para saber cuánto es el sueldo máximo que puede recibir un funcionario público, se toman en cuenta varias cosas. Primero, el Producto Interno Bruto per cápita, que es el dinero total que produce el país dividido entre la población. Luego, se saca un promedio de ese dato de los últimos cinco años, ajustado a los precios actuales. También se consideran 11 niveles de responsabilidad dentro del gobierno federal. El suelto máximo anual es lo que puede ganar el Presidente de la República, y se calcula con base en un sueldo de referencia que no incluye prestaciones como el seguro social.
- Art. 11Este artículo dice que el sueldo del Presidente de México está bien calculado solo si cumple dos condiciones al mismo tiempo: primera, que el sueldo de referencia (la base para medir su salario) no sea más alto que el sueldo máximo permitido; segunda, que todas sus prestaciones como seguro médico y pensión sean exactamente las que dice la ley, ni más ni menos. Si no se cumplen las dos reglas a la vez, entonces el sueldo no se considera adecuado.
- Art. 12El sueldo más alto que puede recibir un funcionario se calcula así: para el primer año completo del gobierno que entra, se multiplica el Producto Interno Bruto por persona (lo que produce el país dividido entre todos los habitantes) por ciertos niveles del artículo 10, y luego se le suma un aguinaldo de 40 días sin quitarle impuestos. Para años siguientes, ese suelto solo se puede aumentar según la política de salarios del gobierno, pero el aumento no puede ser mayor al doble de la inflación anual estimada. Si la inflación baja, el aumento del sueldo no puede pasar del 2%. Si el cálculo del primer año da un sueldo menor al del año anterior, se puede ajustar con la misma regla del renglón anterior.
- Art. 13Este artículo explica cómo se ponen los sueldos de los funcionarios públicos. Primero, el sueldo del Presidente y de los jefes del Congreso, la Suprema Corte y otros organismos autónomos debe seguir la regla del Artículo 11. Luego, el que le sigue en rango no puede ganar más de un 5% menos que el sueldo más bajo de los jefes anteriores. Para los puestos de menor rango en el Gobierno Federal, los sueldos los define la Secretaría de Hacienda, y para el Congreso y la Corte, lo hacen ellos mismos. Además, cuando se propone el sueldo del Presidente en el presupuesto, se deben dar razones, y se realizan audiencias públicas para discutirlo, pero los funcionarios solo pueden opinar por escrito, no ir a las juntas.
- Art. 14El dinero extra que reciben los empleados del gobierno federal solo se puede dar si está aprobado en el presupuesto de ese año. No pueden inventarse pagos adicionales si no hay recursos destinados para ello en el presupuesto oficial.
- Art. 15Este artículo dice que, por regla general, un empleado del gobierno no debe ganar más que su jefe directo. Solo hay 4 excepciones raras donde sí puede ganar lo mismo o más: la primera es si tiene dos trabajos públicos y ya le autorizaron que puede hacerlos; la segunda, si su contrato de trabajo (el acuerdo firmado con su jefe) lo permite; la tercera, si hace un trabajo técnico muy especializado que necesita un título, certificado o habilidad especial; y la cuarta, si tiene conocimientos muy avanzados que lo acreditan tras pasar exámenes o procesos de selección. Eso sí, en esos casos su sueldo nunca puede pasar de la mitad de lo que gana el Presidente de la República.
- Art. 16Este artículo explica las reglas para que una persona pueda tener dos trabajos en el gobierno al mismo tiempo. Antes de ser contratado, debes declarar por escrito bajo protesta de decir verdad si ya trabajas en otra dependencia pública y, si es así, pedir un permiso especial llamado dictamen de compatibilidad. Si ese permiso es rechazado, tendrás que elegir cuál de los dos puestos te conviene más. Además, si mientes en tus declaraciones para obtener el permiso, tu nombramiento laboral será cancelado y podrías enfrentar problemas legales. La Secretaría de la Función Pública es la encargada de establecer las reglas generales para todo este proceso.
- Art. 17Ningún empleado puede recibir un pago o aumento que cuente desde una fecha anterior a cuando fue autorizado. La única excepción es si un juez lo ordena mediante una sentencia. Esto significa que, por ejemplo, no te pueden dar un bono desde enero si te lo autorizaron hasta marzo, a menos que un tribunal lo decida. En resumen, los pagos solo aplican a partir del momento en que se aprueban.
- Art. 18El sueldo que reciben los servidores públicos (como maestros, policías o burócratas) ya incluye el descuento de sus impuestos. El patrón, que en este caso es el gobierno, le quita esa parte del salario directamente y la paga al SAT o a la autoridad fiscal que corresponda. Todo esto se hace siguiendo las leyes de impuestos que ya existen. Así que tú, como trabajador del gobierno, no tienes que preocuparte por calcular ni pagar esos impuestos por tu cuenta, porque ya te los descuentan.
- Art. 19Este artículo dice que los trabajadores del gobierno (servidores públicos) deben seguir las reglas que están escritas en las leyes del trabajo, dependiendo de si tienen un contrato colectivo o condiciones generales de trabajo. Básicamente, para saber cómo se calcula su sueldo o cómo aplican sus derechos, se tienen que ajustar a lo que diga la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, la Ley Federal del Trabajo, o cualquier otra ley que les toque según su puesto.
- Art. 20Este artículo dice que los sueldos de los trabajadores del gobierno deben fijarse siguiendo las reglas que marca la ley, sin pasarse del presupuesto que tienen para pagar salarios. Para que esto funcione, las oficinas gubernamentales deben tener una tabla o método que asigne un valor a cada puesto según lo que se hace y la responsabilidad que implica, no según caprichos. La Secretaría de Hacienda y la de Función Pública son las encargadas de dar las instrucciones para toda la Administración Pública Federal (como las secretarías de Estado). Por otro lado, el Poder Legislativo (diputados y senadores), el Poder Judicial (jueces y magistrados) y los organismos autónomos (como el INE o la CNDH) tienen que crear su propio sistema para valuar los puestos y definir los sueldos.
- Art. 21El artículo dice que cuando se pagan sueldos o se contratan personas, siempre debe haber reglas que eviten la discriminación y promuevan la igualdad entre mujeres y hombres. Esto significa que si dos personas hacen el mismo trabajo y tienen la misma experiencia, deben ganar lo mismo, sin importar su género. También aplica para la contratación: no pueden favorecer a un hombre solo por ser hombre ni a una mujer solo por ser mujer. La ley obliga a que haya justicia y equidad en los trabajos.
- Art. 22Un grupo de expertos de la Cámara de Diputados, que se dedican a las finanzas públicas, debe dar su opinión cada año sobre cuánto pueden ganar los trabajadores del gobierno (sueldos mínimos y máximos). También deben opinar sobre los trabajos que requieren estudios especializados o habilidades técnicas, como lo marca la Constitución. Para hacer esa opinión, este grupo le va a pedir ideas y comentarios a por lo menos tres universidades o centros de investigación importantes de todo el país, y va a tomar en cuenta lo que ellos digan. Esa opinión la tienen que entregar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a más tardar 15 días hábiles después de que la Cámara de Diputados reciba del Gobierno Federal la propuesta de la Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos.
- Art. 23Este artículo dice que cuando el gobierno federal planea su presupuesto, todos los poderes (Legislativo, Ejecutivo y Judicial) y las instituciones autónomas (como el INE o la CNDH) deben incluir en sus proyectos las tablas de sueldos que ganarán los trabajadores de cada dependencia. Es decir, tienen que mostrar cuánto le van a pagar a cada servidor público, desde el jefe hasta el empleado más básico. Así se sabe exactamente cuánto gana cada quien.
- Art. 24El manual de sueldos de los trabajadores del gobierno debe seguir al pie de la letra lo que dice el Presupuesto de Egresos de la Federación (que es el documento donde se define en qué se gasta el dinero público cada año). La Secretaría de Hacienda y la Secretaría de la Función Pública, junto con el Congreso, los jueces y otras dependencias autónomas, tienen que elaborar ese manual cumpliendo esas reglas. Además, tanto ese manual como las tablas de sueldos que cada oficina propone en su presupuesto, deben respetar todo lo que ordena esta ley.
- Art. 25El sueldo y los tabuladores de salarios (tablas que muestran cuánto gana cada puesto) son públicos, así que ningún gobierno o institución puede esconderlos diciendo que son secretos. Tienen que mostrar todo lo que incluye el sueldo, como pagos fijos y variables, ya sea en dinero o en prestaciones como vales o seguros. Además, todas las dependencias del gobierno federal y otras oficinas públicas deben publicar esta información en sus páginas de internet para que cualquier persona pueda consultarla en cualquier momento.
- Art. 26El artículo dice que el gobierno no puede darte una pensión o jubilación por tu trabajo en el servicio público a menos que esté autorizada por una ley, un decreto del Congreso, un contrato de trabajo o las reglas generales de tu empleo. Si te están pagando una pensión o dinero similar sin que exista ese respaldo legal, ese pago no vale y se considera inválido desde el principio. O sea, si no está basado en lo que marca la ley o tu contrato, no te lo pueden seguir dando. Esto aplica para cualquier tipo de retiro o pago parecido que ya estés recibiendo.
- Art. 27El artículo 27 dice que el gobierno federal debe incluir en su presupuesto anual el dinero que pagará por jubilaciones, pensiones y otras prestaciones de retiro para exempleados del sector público, siempre que esos pagos no sean los normales del IMSS o ISSSTE. Esto también aplica para empresas o instituciones del gobierno que no reciben dinero directo del presupuesto federal. Esos pagos deben reportarse en los informes oficiales sobre las finanzas del país y en la Cuenta Pública.
- Art. 28Cuando termina tu trabajo en el gobierno, solo te pueden dar una liquidación si una ley, un contrato colectivo o las condiciones generales del trabajo lo dicen. Ningún jefe o directivo puede darte una liquidación solo porque así lo acuerde con alguien. Los políticos que fueron elegidos por voto popular, como diputados o presidentes municipales, no tienen derecho a ninguna liquidación cuando termine su cargo. Tampoco tienen derecho a liquidación los altos cargos como secretarios de Estado, directores de empresas del gobierno, ministros de la Suprema Corte, magistrados electorales y otros puestos similares, aunque estén en el presupuesto. Todo el dinero que se haya pagado por estos conceptos debe hacerse público, explicando en qué artículo de ley, contrato o regla laboral se basó.
- Art. 29Para que puedas dar un préstamo o crédito a un trabajador del gobierno, tiene que estar permitido por una ley, un acuerdo de trabajo o un contrato colectivo. Todo el dinero que se gaste en esto debe reportarse en la Cuenta Pública, explicando qué reglas lo autorizan. Los jefes y mandos medios o altos del gobierno federal no pueden recibir estos beneficios, a menos que una ley de seguridad social o laboral diga lo contrario. Los sueldos y prestaciones de estos jefes que vienen de contratos colectivos se tienen que listar en un apartado especial para que se vean claros. Además, esos sueldos solo se mantienen si el total que gana el jefe no pasa del tope que marca la Constitución y el Presupuesto de Egresos.
- Art. 30Si ves que un servidor público (como un funcionario) está haciendo algo que va contra la ley de sueldos o actos de corrupción, tú o cualquier persona puede ir y quejarse. Puedes presentar tu denuncia en el sistema oficial de quejas contra corrupción, o directamente en el área de control interno de la dependencia donde trabaje esa persona. El propósito es que se investigue y, si procede, se le abra un procedimiento de responsabilidad. Si el denunciado es de una dependencia del gobierno federal, también puedes reportarlo a la Secretaría de la Función Pública. En casos especiales, como si el funcionario es un alto cargo (como un secretario de Estado), la queja puede ir a la Cámara de Diputados para iniciar un juicio político.
- Art. 31Si una autoridad se da cuenta de que alguien está haciendo algo prohibido por esta ley, tiene que empezar al instante a investigar o a seguir el proceso que corresponda. No importa si el que cometió la falta es el gobierno u otra institución. En cuanto se den cuenta de la irregularidad, ya no pueden hacerse de la vista gorda. Esto aplica a las oficinas que manejan asuntos de transparencia y acceso a la información.
- Art. 32La Auditoría Superior de la Federación es la encargada de vigilar que se cumplan las reglas de esta ley y puede castigar a quienes las incumplan. Si alguien comete una falta considerada grave (como un mal uso muy serio del dinero público), ella misma investiga y lleva todo el proceso. Pero si detecta una falta que no sea grave (como un error administrativo menor), le avisa al órgano de control interno de la dependencia correspondiente para que ellos investiguen y tomen cartas en el asunto. Además, si descubre evidencia de que se cometió un delito, debe presentar una denuncia formal ante el Ministerio Público (la fiscalía).
- Art. 33Cuando un servidor público comete una falta (que no sea delito), todo el proceso para investigarlo, sancionarlo y resolver su caso se hace siguiendo la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Esto aplica tanto si la investigación la inicia el gobierno por su cuenta como si alguien presenta una queja o denuncia. En pocas palabras, esa ley es el manual que deben seguir para echarle montón a los funcionarios que no cumplen con su deber.
- Art. 34Si un servidor público comete una ilegalidad y el beneficio o dinero que obtuvo es menor a 1,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), lo castigan con que lo corran del trabajo y no pueda tener otro puesto público entre seis meses y cuatro años. Si el beneficio es mayor a esa cantidad, la prohibición para trabajar en el gobierno será de cuatro a catorce años. Adicionalmente, siempre tendrá que pagar los daños que causó al dinero del gobierno federal.