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Ley
LEY Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos
Artículo
25

Artículo 25 de la LEY Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El sueldo y los tabuladores de salarios (tablas que muestran cuánto gana cada puesto) son públicos, así que ningún gobierno o institución puede esconderlos diciendo que son secretos. Tienen que mostrar todo lo que incluye el sueldo, como pagos fijos y variables, ya sea en dinero o en prestaciones como vales o seguros. Además, todas las dependencias del gobierno federal y otras oficinas públicas deben publicar esta información en sus páginas de internet para que cualquier persona pueda consultarla en cualquier momento.

Texto oficial

Artículo 25. Las remuneraciones y sus tabuladores son públicos, por lo que no pueden clasificarse como información reservada o confidencial, y especifican la totalidad de los elementos fijos y variables, tanto en efectivo como en especie. Para los efectos del párrafo anterior, los ejecutores de gasto público federal y demás entes públicos federales publicarán en sus respectivas páginas de Internet, de manera permanente, las remuneraciones y sus tabuladores. Capítulo IV De las percepciones por retiro y otras prestaciones

Ver texto oficial de la LEY Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos (pág. 10) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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