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Artículo 137 de la LEY Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si la Secretaría de Agricultura te pone una medida de seguridad (como una cuarentena o revisión obligatoria) por algún problema con animales o alimentos, te va a decir exactamente qué tienes que hacer para arreglarlo. También te dará un plazo para que cumplas con lo que te pide. Cuando ya hayas solucionado todo, la autoridad quitará esa medida. Básicamente, te dan una oportunidad para corregir las fallas y que el problema se resuelva sin más castigos.

Texto oficial

Artículo 137.- Cuando la Secretaría ordene alguna de las medidas de seguridad previstas en esta Ley, indicará al interesado, cuando proceda, las acciones que debe llevar a cabo para subsanar las irregularidades que motivaron la imposición de dichas medidas, así como los plazos para su realización, a fin de que una vez cumplidas éstas, se ordene el retiro de la medida de seguridad impuesta. Capítulo III Del Servicio Oficial de Seguridad Zoosanitaria

Ver ley oficial en el DOF (pág. 43) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.