Artículo 140 de la LEY Federal de Sanidad Animal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo Técnico Consultivo Nacional de Sanidad Animal es un grupo de expertos que aconseja tanto al gobierno como a los ciudadanos sobre cómo mejorar la salud de los animales en México. Su labor incluye crear, desarrollar y revisar las reglas para prevenir enfermedades en animales y las buenas prácticas en la cría de ganado o animales de granja. Esto aplica a todos los productos que vienen de animales, como carne, leche o huevos, y sigue lo que dice el Reglamento de esta Ley. Además, la Secretaría de Agricultura debe darle el dinero suficiente para que funcione, cubriendo sus gastos de operación, personal técnico y el mantenimiento de sus oficinas y equipo.
Texto oficial
Artículo 140.- El Consejo Técnico Consultivo Nacional de Sanidad Animal será el órgano nacional de consulta en materia de sanidad animal, que apoyará al Estado y a la sociedad mexicana para el mejoramiento continuo de las condiciones de la sanidad animal, lo que incluye la formulación, desarrollo y evaluación de las medidas zoosanitarias y de las buenas prácticas pecuarias aplicadas a los bienes de origen animal en términos del Reglamento de esta Ley. La Secretaría destinará los recursos económicos suficientes para satisfacer los gastos de operación, administrativos y técnicos y los relativos al mantenimiento y conservación de las instalaciones y equipo que se requieran para apoyar las actividades del Consejo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.