Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 140 de la LEY Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Consejo Técnico Consultivo Nacional de Sanidad Animal es un grupo de expertos que aconseja tanto al gobierno como a los ciudadanos sobre cómo mejorar la salud de los animales en México. Su labor incluye crear, desarrollar y revisar las reglas para prevenir enfermedades en animales y las buenas prácticas en la cría de ganado o animales de granja. Esto aplica a todos los productos que vienen de animales, como carne, leche o huevos, y sigue lo que dice el Reglamento de esta Ley. Además, la Secretaría de Agricultura debe darle el dinero suficiente para que funcione, cubriendo sus gastos de operación, personal técnico y el mantenimiento de sus oficinas y equipo.

Texto oficial

Artículo 140.- El Consejo Técnico Consultivo Nacional de Sanidad Animal será el órgano nacional de consulta en materia de sanidad animal, que apoyará al Estado y a la sociedad mexicana para el mejoramiento continuo de las condiciones de la sanidad animal, lo que incluye la formulación, desarrollo y evaluación de las medidas zoosanitarias y de las buenas prácticas pecuarias aplicadas a los bienes de origen animal en términos del Reglamento de esta Ley. La Secretaría destinará los recursos económicos suficientes para satisfacer los gastos de operación, administrativos y técnicos y los relativos al mantenimiento y conservación de las instalaciones y equipo que se requieran para apoyar las actividades del Consejo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 44) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.