Artículo 171 de la LEY Federal de Sanidad Animal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien mete animales, productos de animales o cosas para animales a México, y se salta un punto de revisión sanitaria (como un control en la frontera), y por eso pone en peligro la salud de los animales del país al no cumplir las reglas, le pueden dar de 2 a 10 años de cárcel y una multa de hasta mil veces la UMA (que es una unidad que se usa para calcular multas, y su valor diario lo actualiza el gobierno cada año).
Texto oficial
Artículo 171.- Al que ingrese al territorio nacional animales, bienes de origen animal, así como productos para uso o consumo animal y por cualquier medio evada un punto de inspección en materia zoosanitaria y puso en peligro o en riesgo la situación zoosanitaria del país incumpliendo el carácter normativo respectivo, se le impondrá la pena de dos a diez años de prisión y multa de hasta mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización. Artículo reformado DOF 21-05-2024
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.