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Artículo 170 de la LEY Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo es una tabla que te dice exactamente cuánto vas a pagar de multa si cometes alguna de las 52 infracciones (faltas) que están en la ley. Cada falta tiene una letra (A, B, C o D) y un número (del 1 al 5), y esos datos se usan para calcular la multa con otra parte de la ley (el artículo 169). Por ejemplo, si cometes la infracción de la fracción I (tipo "B" con número "5"), te toca la multa más alta del nivel B. También dice que si ya te multaron antes por lo mismo, la siguiente vez te va a salir más caro: te pueden subir la multa al siguiente nivel e incluso cerrar temporal o definitivamente tu negocio si es muy grave.

Texto oficial

Artículo 170.- Las sanciones y multas establecidas en el presente ordenamiento se aplicarán conforme a la siguiente tabla: POR COMETER LA INFRACCIÓN PREVISTA EN EL ARTÍCULO (167) EN SU CASO LA MULTA CORRESPONDIENTE SE APLICARÁ DE ACUERDO CON EL TABULADOR DEL ARTÍCULO (169) SE APLICARÁ SANCIÓN CONFORME AL ARTÍCULO (168) POR TIPO FRACC. I B 5 FRACC. II B 5 FRACC. III B 5 FRACC. IV C 5 FRACC. V A 5 FRACC. VI C 4 y 5 FRACC. VII B 3 y 5 FRACC. VIII B 5 FRACC. IX C 5 FRACC. X C 5 FRACC. XI D 4 y 5 FRACC. XII C 4 y 5 FRACC. XIII B 2 y 5 FRACC. XIV B 5 FRACC. XV B 5 FRACC. XVI - 4 FRACC. XVII A 5 FRACC. XVIII C 1 y 5 FRACC. XIX A 5 FRACC. XX D 5 FRACC. XXI A 3 y 5 FRACC. XXII A 5 FRACC. XXIII B 3 y 5 FRACC. XXIV B 2 y 5 FRACC. XXV B 5 FRACC. XXVI B 3 y 5 FRACC. XXVII B 5 FRACC. XXVIII D 5 FRACC. XXIX B 4 y 5 FRACC. XXX A 5 FRACC. XXXI A 5 FRACC. XXXII A 5 LEY FEDERAL DE SANIDAD ANIMAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 21-05-2024 55 de 65 FRACC. XXXIII D 3 y 5 FRACC. XXXIV C 3 y 5 FRACC. XXXV B 5 FRACC. XXXVI B 5 FRACC. XXXVII B 3 y 5 FRACC. XXXVIII A 5 FRACC. XXXIX A 5 FRACC. XL C 5 FRACC. XLI B 5 FRACC. XLII B 3 y 5 FRACC. XLIII C 3 y 5 FRACC. XLIV B 4 y 5 FRACC. XLV A 5 FRACC. XLVI C 5 FRACC. XLVII B 1 y 5 FRACC. XLVIII D 5 FRACC. XLIX C 5 FRACC. L Artículo 151 Fracción II, D; Fracción III, B; Fracción IV, A; Fracción V, A; Fracción VI, A; Fracción VII, C; Fracción VIII, C. 5 FRACC. LI B 5 FRACC. LII D 5 A los infractores reincidentes se les sancionará de la manera siguiente: De la multa menor pasará a la multa mayor del mismo nivel. De la multa mayor de un nivel pasará a la multa mayor del siguiente nivel. Hasta el doble en el caso del nivel más alto previsto en el tabulador. La clausura temporal por la clausura definitiva. La suspensión temporal por la revocación. Capítulo IV De los Delitos

Ver ley oficial en el DOF (pág. 54) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.