Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 172 Bis de la LEY Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo prohíbe usar ciertas sustancias y productos en animales que se crían para consumo humano, como pollos, cerdos y reses. La lista incluye nombres como Clenbuterol, Cloranfenicol y Metronidazol, entre otros. Por ejemplo, el Carbadox está totalmente prohibido en cerdos adultos y en cualquier animal de otras especies. Los animales para abasto son aquellos cuyo destino final es ser tu alimento. Además, la ley permite que la Secretaría de Salud agregue más sustancias a esta lista en el futuro.

Texto oficial

Artículo 172 Bis.- Se consideran sustancias o productos prohibidos para uso o consumo en animales destinados al abasto, las siguientes: I. Carbadox (QCA) II. Cloranfenicol III. Clorhidrato de Clenbuterol o Clorhidrato de Clembuterol o Clenbuterol o Clembuterol IV. Clorhidrato de Fenilefrina V. Cristal violeta VI. Cumarina en saborizantes artificiales VII. Dienoestrol VIII. Dietilestilbestrol (DES) IX. Dimetridazol X. Feniltiouracilo XI. Furaltadona (AMOZ) XII. Furazolidona (AOZ) XIII. Hexoestrol XIV. Lindano XV. Metiltiouracilo XVI. Metronidazol XVII. Nifupirazina XVIII. Nifuraldezona XIX. Nitrofurantoina (AHD) XX. Nitrofurazona XXI. Nitrovin (Nitrovina) XXII. Olaquindox (MQCA) XXIII. Orciprenaline LEY FEDERAL DE SANIDAD ANIMAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 21-05-2024 57 de 65 XXIV. Oxazolidona XXV. Pigmentantes sintéticos del grupo de los sudanes XXVI. Propiltiouracilo XXVII. Rodinazol o Ronidazol XXVIII. Roxarsona (3-Nitro) XXIX. Salbutamol XXX. Tapazol XXXI. Tinidazol XXXII. Tiouracil El Carbadox (QCA) está prohibido para todos los porcinos adultos y además para todas las edades de las demás especies de animales destinadas para el abasto. Se entenderán como animales para abasto a aquellos animales cuyo destino final sea el consumo humano. Al listado de sustancias y productos y sus sales, precursores, metabolitos y derivados químicos, previstos en este artículo, se entenderán incorporados los que dé a conocer la Secretaría en términos de lo dispuesto en el artículo 93 de esta Ley. Artículo adicionado DOF 21-05-2024

Ver ley oficial en el DOF (pág. 56) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.