Artículo 33 de la LEY Federal de Sanidad Animal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría revisará los animales o productos de origen animal que quieras meter al país desde el extranjero. Si después de esa revisión todo está en orden y cumple con las reglas de sanidad animal, entonces te van a dar un permiso especial llamado certificado zoosanitario. Ese permiso lo entregarán justo en el lugar por donde entraste la mercancía, como en la aduana o el punto de revisión. Básicamente, es como un visto bueno que asegura que lo que importaste no trae enfermedades para los animales de aquí.
Texto oficial
Artículo 33.- La Secretaría expedirá el certificado zoosanitario para importación en los puntos de ingreso por donde se importen las mercancías reguladas, cuando de la inspección que se realice a las mismas se determine que cumplen con las disposiciones de sanidad animal aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.