Artículo 8 de la LEY Federal de Sanidad Animal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando alguna oficina del gobierno federal haga algo relacionado con la salud de los animales o con las buenas prácticas en la cría de ganado y productos de origen animal, tiene que coordinarse con la Secretaría de Agricultura. O sea, no pueden actuar solas, deben trabajar de la mano con esa dependencia. Esto aplica para cualquier actividad que tenga que ver con la sanidad animal o cómo se manejan los animales en las granjas.
Texto oficial
Artículo 8.- Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal se coordinarán con la Secretaría, cuando realicen actividades que tengan relación con las materias de sanidad animal o de buenas prácticas pecuarias de los bienes de origen animal.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.