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Artículo 8 de la LEY Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cuando alguna oficina del gobierno federal haga algo relacionado con la salud de los animales o con las buenas prácticas en la cría de ganado y productos de origen animal, tiene que coordinarse con la Secretaría de Agricultura. O sea, no pueden actuar solas, deben trabajar de la mano con esa dependencia. Esto aplica para cualquier actividad que tenga que ver con la sanidad animal o cómo se manejan los animales en las granjas.

Texto oficial

Artículo 8.- Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal se coordinarán con la Secretaría, cuando realicen actividades que tengan relación con las materias de sanidad animal o de buenas prácticas pecuarias de los bienes de origen animal.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 17) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.