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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFSA/93
Ley
LEY Federal de Sanidad Animal
Artículo
93

Artículo 93 de la LEY Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada del tema) va a sacar una lista oficial en el Diario Oficial de la Federación (el periódico del gobierno donde se publican las leyes y avisos importantes). En esa lista van a venir todas las sustancias o productos que están prohibidos para usar o darle a los animales. Si algo aparece ahí, quiere decir que no se puede usar en ningún animal.

Texto oficial

Artículo 93.- La Secretaría publicará en el Diario Oficial de la Federación el listado de las sustancias o productos cuyo uso o consumo en animales estén prohibidas.

Ver texto oficial de la LEY Federal de Sanidad Animal (pág. 35) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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