Artículo 97 de la LEY Federal de Sanidad Animal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si hay pruebas científicas de que un producto ya aprobado está causando daños a los animales o contaminando productos como carne, leche o huevos, o si no cumple con las reglas sobre cómo se hace, guarda, usa o vende, entonces la autoridad sanitaria puede cancelar su permiso, ordenar que lo saquen del mercado o imponer medidas para controlar el riesgo.
Texto oficial
Artículo 97.- Cuando exista evidencia científica de que un producto registrado o autorizado cause riesgo zoosanitario o de contaminación de bienes de origen animal o bien no cumple con las LEY FEDERAL DE SANIDAD ANIMAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 21-05-2024 36 de 65 especificaciones a que está sujeta su formulación, fabricación, almacenamiento, producción, comercialización, aplicación, uso y manejo, la Secretaría procederá a revocar su registro o autorización, ordenar el retiro del mercado o determinar las medidas zoosanitarias correspondientes.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.