Artículo 99 de la LEY Federal de Sanidad Animal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los productos que necesitan mantenerse fríos para no echarse a perder (como vacunas, medicamentos o alimentos) deben manejarse siempre con una cadena de frío, es decir, guardarse y transportarse a la temperatura correcta sin interrupciones. También hay que seguir medidas de bioseguridad, como usar guantes o mantener todo limpio para evitar contaminación. Los responsables de cumplir con esto son las empresas que los fabrican, venden, hacen pruebas, los veterinarios, y cualquier persona o negocio que los maneje, transporte o distribuya. Tanto las empresas como las personas particulares tienen la obligación de cuidar que estos productos lleguen en buen estado.
Texto oficial
Artículo 99.- Los productos que así lo requieran deberán manejarse mediante el uso adecuado de la cadena fría y medidas de bioseguridad, siendo responsables de su cumplimiento, las empresas elaboradoras, comercializadoras, laboratorios de pruebas o los médicos veterinarios, así como cualquier otra persona física o moral vinculada con el manejo, transporte y distribución de estos productos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.