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Ley
LEY Federal de Sanidad Animal
Artículo
99

Artículo 99 de la LEY Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los productos que necesitan mantenerse fríos para no echarse a perder (como vacunas, medicamentos o alimentos) deben manejarse siempre con una cadena de frío, es decir, guardarse y transportarse a la temperatura correcta sin interrupciones. También hay que seguir medidas de bioseguridad, como usar guantes o mantener todo limpio para evitar contaminación. Los responsables de cumplir con esto son las empresas que los fabrican, venden, hacen pruebas, los veterinarios, y cualquier persona o negocio que los maneje, transporte o distribuya. Tanto las empresas como las personas particulares tienen la obligación de cuidar que estos productos lleguen en buen estado.

Texto oficial

Artículo 99.- Los productos que así lo requieran deberán manejarse mediante el uso adecuado de la cadena fría y medidas de bioseguridad, siendo responsables de su cumplimiento, las empresas elaboradoras, comercializadoras, laboratorios de pruebas o los médicos veterinarios, así como cualquier otra persona física o moral vinculada con el manejo, transporte y distribución de estos productos.

Ver texto oficial de la LEY Federal de Sanidad Animal (pág. 36) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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