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Ley
LEY Federal de Seguridad Privada
Artículo
10

Artículo 10 de la LEY Federal de Seguridad Privada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Dirección General se encarga de manejar el Registro Nacional de Empresas, Personal y Equipo de Seguridad Privada. Esto significa que lleva un listado de todas las empresas, personas y equipos que trabajan en seguridad privada en México. Además, tiene la obligación de cuidar que la información que ahí se guarda sea confidencial y no se comparta sin permiso. Todo esto lo hace siguiendo las reglas de esta ley y de la Ley Federal de Transparencia.

Texto oficial

Artículo 10.- La Dirección General tiene encomendado el desempeño del Registro Nacional de Empresas, Personal y Equipo de Seguridad Privada, siendo responsable de la confidencialidad, guarda, custodia y reserva de la información inscrita en éste, de acuerdo con las normas jurídicas establecidas en la presente Ley y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Ver texto oficial de la LEY Federal de Seguridad Privada (pág. 5) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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