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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFSP/34
Ley
LEY Federal de Seguridad Privada
Artículo
34

Artículo 34 de la LEY Federal de Seguridad Privada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que cualquier persona, como un trabajador individual, tiene que cumplir con las mismas reglas y obligaciones que la ley les exige a los empleados de las empresas. O sea, si eres una persona física (tú, como individuo), también te toca seguir los mismos requisitos que aplican al personal de una compañía. No importa si trabajas por tu cuenta o para alguien más; la ley te pone las mismas responsabilidades que a los trabajadores de una empresa.

Texto oficial

Artículo 34.- Las personas físicas deberán cumplir con los mismos requisitos y obligaciones establecidos en esta Ley para el personal de las empresas.

Ver texto oficial de la LEY Federal de Seguridad Privada (pág. 16) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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