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Ley
LEY Federal de Sanidad Vegetal
Artículo
17

Artículo 17 de la LEY Federal de Sanidad Vegetal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Nacional Consultivo Fitosanitario (un grupo de expertos en salud de las plantas) debe tener el mismo número de hombres y mujeres, eso es lo de "paridad de género". Este consejo está formado por personas del gobierno federal que trabajan en temas de plantas, y también invitan a otras personas: 1) dueños de ranchos, campos o bosques; 2) científicos y especialistas de universidades o grupos nacionales relacionados con la sanidad vegetal; y 3) personas famosas por su experiencia en salud de plantas, ya sea del sector social o privado.

Texto oficial

Artículo 17.- El Consejo Nacional Consultivo Fitosanitario, garantizará el principio de paridad de género, se integrará con representantes de la Secretaría y de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal vinculadas con la materia de sanidad vegetal; asimismo, la Secretaría invitará a formar parte de dicho Consejo a: Párrafo reformado DOF 11-05-2022 I. Representantes de organizaciones de productores y propietarios rurales, agrícolas y forestales; II. Representantes de organizaciones académicas, científicas y gremiales de representación nacional vinculadas con la materia de sanidad vegetal; y III. Personas del sector social o privado de reconocido prestigio en materia fitosanitaria.

Ver texto oficial de la LEY Federal de Sanidad Vegetal (pág. 12) ↗

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