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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFT/1002
Ley
LEY Federal del Trabajo
Artículo
1002

Artículo 1002 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien comete una falta relacionada con el trabajo que no esté castigada en otras partes de esta ley, le van a poner una multa. El monto va desde 50 hasta 5,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (la UMA, que es un valor que se usa para calcular multas y se actualiza cada año). En otras palabras, si la UMA vale, por ejemplo, 100 pesos, la multa podría ser de 5,000 a 500,000 pesos, dependiendo de lo grave que sea la falta. Esto aplica para cualquier infracción laboral que no tenga ya un castigo específico en otro artículo.

Texto oficial

Artículo 1002.- Por violaciones a las normas de trabajo no sancionadas en este Título o en alguna otra disposición de esta Ley, se impondrá al infractor multa por el equivalente de 50 a 5000 veces la Unidad de Medida y Actualización. Artículo adicionado DOF 04-01-1980. Reformado DOF 30-11-2012, 01-05-2019

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 398) ↗

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