- Ley
- LEY Federal del Trabajo
- Artículo
- 1004-B
Artículo 1004-B de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si no cumples con lo que dice el artículo 15-B de esa Ley, te van a multar. La multa va de 250 a 2,500 veces la Unidad de Medida y Actualización (la UMA, que es como una referencia para calcular montos, parecida a una cuota fija). En palabras más claras, si no haces lo que la ley te pide en ese artículo, te toca pagar una pena económica que puede ser desde unos cuantos miles hasta cientos de miles de pesos, según el valor actual de la UMA. Esta regla se agregó en 2012 y se ajustó en 2019.
Texto oficial
Artículo 1004-B.- El incumplimiento de las obligaciones a que se refiere el artículo 15-B de la Ley, se sancionará con multa por el equivalente de 250 a 2500 veces la Unidad de Medida y Actualización. Artículo adicionado DOF 30-11-2012. Reformado DOF 01-05-2019
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.