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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFT/1009
Ley
LEY Federal del Trabajo
Artículo
1009

Artículo 1009 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las autoridades tienen que escuchar tu versión de los hechos antes de castigarte. Primero te dan la oportunidad de dar tus razones, y después de eso deciden cuál es la multa o castigo que te toca. No te pueden sancionar sin antes oír lo que tienes que decir. Es como cuando te acusan de algo: tienes derecho a dar tu explicación antes de que te apliquen el castigo.

Texto oficial

Artículo 1009.- La autoridad, después de oír al interesado, impondrá la sanción correspondiente. Artículo adicionado DOF 04-01-1980

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 400) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.