- Ley
- Ley Federal del Trabajo
- Artículo
- 103 Bis
Artículo 103 Bis de la Ley Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 103 Bis dice que el Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Fonacot) tiene que fijar las reglas para dos cosas. Primero, prestarles dinero a los trabajadores buscando las mejores condiciones del mercado, como tasas de interés bajas. Segundo, ayudar a que los trabajadores accedan a servicios financieros que les permitan ahorrar y construir su patrimonio, por ejemplo, con cuentas de ahorro o créditos para comprar casa. Esto lo hace siguiendo su propia ley, que es la que lo regula. En pocas palabras, el Fonacot debe apoyar a los trabajadores con préstamos justos y opciones para que cuiden su dinero.
Texto oficial
Artículo 103 Bis.- El Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, conforme a la Ley que lo regula, establecerá las bases para: I. Otorgar crédito a los trabajadores, procurando las mejores condiciones de mercado; y II. Facilitar el acceso de los trabajadores a los servicios financieros que promuevan su ahorro y la consolidación de su patrimonio. Artículo adicionado DOF 09-01-1974. Reformado DOF 02-07-1976, 30-11-2012
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