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Artículo 14 de la Ley Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cuando una empresa contrata a otra para que le haga un trabajo muy específico (como reparar maquinaria o dar servicios de limpieza), deben firmar un contrato por escrito. Ese contrato tiene que decir exactamente qué trabajo se va a hacer y cuántos trabajadores aproximadamente van a participar. Si la empresa que contrata (la principal) elige a otra empresa que no cumple con las obligaciones de sus trabajadores (como pagarles su salario, darles seguro o respetar sus derechos), entonces la empresa principal también se hace responsable. Esto significa que los trabajadores pueden reclamarle tanto a su patrón directo como a la empresa que los contrató.

Texto oficial

Artículo 14.- La subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas deberá formalizarse mediante contrato por escrito en el que se señale el objeto de los servicios a proporcionar o las obras a ejecutar, así como el número aproximado de trabajadores que participarán en el cumplimiento de dicho contrato. La persona física o moral que subcontrate servicios especializados o la ejecución de obras especializadas con una contratista que incumpla con las obligaciones que deriven de las relaciones con sus trabajadores, será responsable solidaria en relación con los trabajadores utilizados para dichas contrataciones. Artículo reformado DOF 23-04-2021

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.