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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFT/153-F
Ley
LEY Federal del Trabajo
Artículo
153-F

Artículo 153-F de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las autoridades del trabajo tienen que asegurarse de que las Comisiones Mixtas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad se formen y trabajen a tiempo y sin problemas. Estas comisiones son grupos que se encargan de los cursos de aprendizaje y mejora en las empresas. Además, las autoridades deben vigilar que esas comisiones cumplan con todo lo que les toca hacer.

Texto oficial

Artículo 153-F. Las autoridades laborales cuidarán que las Comisiones Mixtas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad se integren y funcionen oportuna y normalmente, vigilando el cumplimiento de sus obligaciones. Artículo adicionado DOF 28-04-1978. Reformado DOF 30-11-2012

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 46) ↗

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