- Ley
- LEY Federal del Trabajo
- Artículo
- 153-V
Artículo 153-V de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La constancia de competencias o habilidades laborales es un papel que te entregan cuando terminas y apruebas un curso de capacitación en el trabajo. Tu patrón está obligado a mandar a la Secretaría del Trabajo una lista con los nombres de quienes recibieron esas constancias, para que quede registro. Ese documento sí sirve para pedir un ascenso, pero solo dentro de la misma empresa donde tomaste el curso.
Texto oficial
Artículo 153-V. La constancia de competencias o de habilidades laborales es el documento con el cual el trabajador acreditará haber llevado y aprobado un curso de capacitación. Párrafo reformado DOF 30-11-2012 Las empresas están obligadas a enviar a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para su registro y control, listas de las constancias que se hayan expedido a sus trabajadores. Párrafo reformado DOF 30-12-1983 Las constancias de que se trata surtirán plenos efectos, para fines de ascenso, dentro de la empresa en que se haya proporcionado la capacitación o adiestramiento. Reforma DOF 30-11-2012: Derogó del artículo el entonces párrafo cuarto Artículo adicionado DOF 28-04-1978
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.