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Artículo 155 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si tienes derecho a que te recontraten (por las razones que dice el artículo anterior) y quieres un puesto nuevo o que esté vacante, debes hacer una solicitud por escrito a la empresa. En esa solicitud, anota tu domicilio, tu nacionalidad, si tienes familia a tu cargo y quiénes dependen de ti económicamente, además de tu experiencia laboral anterior (dónde y por cuánto tiempo trabajaste), qué tipo de trabajo hacías y a qué sindicato perteneces o perteneciste. Esto es para que la empresa te tome en cuenta cuando haya una vacante o un puesto nuevo. También puedes presentarte directamente en la empresa en el momento justo en que surja la vacante o el puesto, pero tienes que llevar pruebas de que cumples con los requisitos para pedir ese trabajo.

Texto oficial

Artículo 155.- Los trabajadores que se encuentren en los casos del artículo anterior y que aspiren a un puesto vacante o de nueva creación, deberán presentar una solicitud a la empresa o establecimiento indicando su domicilio y nacionalidad, si tienen a su cargo una familia y quienes dependen económicamente de ellos si prestaron servicio con anterioridad y por qué tiempo, la naturaleza del trabajo que desempeñaron y la denominación del sindicato a que pertenezcan, a fin de que sean llamados al ocurrir alguna vacante o crearse algún puesto nuevo; o presentarse a la empresa o establecimiento al momento de ocurrir la vacante o de crearse el puesto, comprobando la causa en que funden su solicitud. Artículo reformado DOF 31-12-1974

Ver ley oficial en el DOF (pág. 51) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.