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Ley
LEY Federal del Trabajo
Artículo
160

Artículo 160 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un puesto de trabajo queda vacío por menos de 30 días, se aplica lo que dice el primer párrafo del artículo 159. Esto significa que no se necesita hacer un proceso largo para llenar ese puesto temporal. En lugar de eso, se siguen las reglas sencillas que ya están marcadas para casos así.

Texto oficial

Artículo 160.- Cuando se trate de vacantes menores de treinta días, se estará a lo dispuesto en el párrafo primero del artículo anterior.

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 52) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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