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Artículo 170 Bis de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si eres mamá o papá y a tu hijo o hija le diagnostican algún tipo de cáncer, tienes derecho a pedir una licencia especial en el trabajo. Esta licencia te permite faltar sin que te descuenten el salario, para acompañar a tu niño o niña durante sus tratamientos médicos. Funciona igual que la licencia que menciona otro artículo de la Ley del Seguro Social. En pocas palabras, la ley te protege para que puedas estar al lado de tu hijo mientras recibe atención por el cáncer.

Texto oficial

Artículo 170 Bis.- Los padres o madres de menores diagnosticados con cualquier tipo de cáncer, gozarán de la licencia a que se refiere el artículo 140 Bis de la Ley del Seguro Social, en los términos referidos, con la intención de acompañar a los mencionados pacientes en sus correspondientes tratamientos médicos. Artículo adicionado DOF 04-06-2019

Ver ley oficial en el DOF (pág. 55) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.