- Ley
- LEY Federal del Trabajo
- Artículo
- 227
Artículo 227 de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el trabajo o las rutas lo pidan, el tiempo que los choferes o el personal a bordo pasan trabajando se puede dividir de manera distinta a lo normal durante su turno. Esto significa que, si hace falta, pueden ajustar el horario para cumplir con lo que se necesite. No es que trabajen más horas, sino que se reorganizan los tiempos de la jornada. La ley deja claro que solo se hace cuando realmente se requiere por las condiciones del servicio.
Texto oficial
Artículo 227.- Cuando las necesidades del servicio o las características de las rutas en operación lo requieran, el tiempo total de servicios de los tripulantes será repartido en forma convencional durante la jornada correspondiente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.