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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFT/227
Ley
LEY Federal del Trabajo
Artículo
227

Artículo 227 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando el trabajo o las rutas lo pidan, el tiempo que los choferes o el personal a bordo pasan trabajando se puede dividir de manera distinta a lo normal durante su turno. Esto significa que, si hace falta, pueden ajustar el horario para cumplir con lo que se necesite. No es que trabajen más horas, sino que se reorganizan los tiempos de la jornada. La ley deja claro que solo se hace cuando realmente se requiere por las condiciones del servicio.

Texto oficial

Artículo 227.- Cuando las necesidades del servicio o las características de las rutas en operación lo requieran, el tiempo total de servicios de los tripulantes será repartido en forma convencional durante la jornada correspondiente.

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 66) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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