- Ley
- LEY Federal del Trabajo
- Artículo
- 234
Artículo 234 de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 234 dice que no se viola la regla de “a trabajo igual, salario igual” cuando se pagan sueldos diferentes en estos casos: primero, si el trabajo es igual pero se hace en aviones de distinto tipo o en rutas diferentes. Segundo, cuando se dan bonos por años de servicio. Esto significa que está permitido pagar más a pilotos o sobrecargos que vuelan en aviones más grandes o en rutas más pesadas, o dar aumentos a los que llevan más tiempo en la empresa. Lo importante es que la ley no considera esto como una discriminación.
Texto oficial
Artículo 234.- No es violatoria del principio de igualdad de salario la disposición que estipule salarios distintos para trabajo igual, si éste se presta en aeronaves de diversa categoría o en diferentes rutas, y la que establezca primas de antigüedad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.