- Ley
- LEY Federal del Trabajo
- Artículo
- 279 Quáter
Artículo 279 Quáter de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres empleador, tienes que llevar una lista especial de los trabajadores del campo que contratas por temporadas. En esa lista debes anotar todo el tiempo que cada persona ha trabajado, aunque sea en periodos separados. Esto sirve para calcular su antigüedad y, sumando todo el tiempo trabajado, puedas pagarles sus prestaciones y derechos completos. Básicamente, aunque trabajen por temporadas, el tiempo que acumulan cuenta como si fuera continuo para sus beneficios.
Texto oficial
Artículo 279 Quáter.- La persona empleadora deberá llevar un padrón especial de las personas trabajadoras del campo temporales para registrar la acumulación del tiempo contratado, a fin de establecer la antigüedad en el trabajo y, con base en la suma de éste, calcular las prestaciones y derechos derivados del tiempo sumado de trabajo. Artículo adicionado DOF 01-05-2019. Reformado DOF 24-01-2024
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.