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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFT/279%20Qu%C3%A1ter
Ley
LEY Federal del Trabajo
Artículo
279 Quáter

Artículo 279 Quáter de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres empleador, tienes que llevar una lista especial de los trabajadores del campo que contratas por temporadas. En esa lista debes anotar todo el tiempo que cada persona ha trabajado, aunque sea en periodos separados. Esto sirve para calcular su antigüedad y, sumando todo el tiempo trabajado, puedas pagarles sus prestaciones y derechos completos. Básicamente, aunque trabajen por temporadas, el tiempo que acumulan cuenta como si fuera continuo para sus beneficios.

Texto oficial

Artículo 279 Quáter.- La persona empleadora deberá llevar un padrón especial de las personas trabajadoras del campo temporales para registrar la acumulación del tiempo contratado, a fin de establecer la antigüedad en el trabajo y, con base en la suma de éste, calcular las prestaciones y derechos derivados del tiempo sumado de trabajo. Artículo adicionado DOF 01-05-2019. Reformado DOF 24-01-2024

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 75) ↗

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