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Artículo 291-H de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando firmes un contrato con una app o plataforma digital (como Uber, Didi o Rappi), ese contrato debe incluir obligatoriamente los datos tuyos y de la empresa (nombre, edad, dónde vives, etc.), además de explicar bien en qué consiste el trabajo que vas a hacer. También tiene que decir cómo se van a contar tus ingresos (por ejemplo, por cada viaje o pedido) y el tiempo que realmente trabajas. El contrato debe especificar si la plataforma te da equipo (como una mochila o un celular) y cómo te van a proteger en el trabajo. Por último, debe aclarar cuánto te van a pagar por cada tarea (por ejemplo, el porcentaje de cada viaje) y si hay bonos extra, así como la forma en que la plataforma te va a contactar o supervisar.

Texto oficial

Artículo 291-H.- Además de lo establecido en el artículo 25 de esta Ley, el contrato al que se refiere el artículo 291-G, contendrá lo siguiente: I. Nombre, nacionalidad, edad, sexo y domicilio de las partes; II. Naturaleza y características del trabajo; III. Determinación del sistema de contabilización de ingresos generados y de tiempo efectivamente laborado; IV. El equipo e insumos de trabajo que en su caso se proporciona a la persona trabajadora, incluyendo lo relacionado con obligaciones de seguridad y salud en el trabajo para esta modalidad; V. El porcentaje del monto o método que el patrón pagará a la persona trabajadora de plataformas digitales por cada tarea, servicio, obra o trabajo, además del porcentaje o monto que puedan recibir por concepto de bonos, en caso que los hubiere; VI. Los mecanismos de contacto y de supervisión, entre la plataforma y las personas trabajadoras, y VII. Otras condiciones de trabajo que se convengan. Artículo adicionado DOF 24-12-2024

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 84) ↗

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