Artículo 291-Q de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una empresa de plataforma digital (como Uber, Didi o Rappi) se ve obligada a cerrar o deshabilitar su servicio por una razón válida, puede terminar la relación de trabajo con sus repartidores o conductores. Pero antes debe avisarles con al menos 15 días de anticipación, contando desde el momento en que la empresa supo de esa razón. Esa es la única forma especial de terminar el trabajo en estos casos, según la ley.
Texto oficial
Artículo 291-Q.- Será causa especial de terminación de la relación de trabajo, la deshabilitación o cierre de la empresa de plataforma digital por causa justificada y previo aviso a las personas trabajadoras. El aviso deberá darse en un plazo no menor a quince días, contados a partir que el patrón tuvo conocimiento de la causa justificada de la deshabilitación o cierre de la plataforma digital. Artículo adicionado DOF 24-12-2024
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