Artículo 291-R de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las empresas de plataformas digitales, como las de reparto o transporte por app, tienen la obligación de tratar a sus trabajadores con igualdad y respeto. Esto significa que deben evitar cualquier tipo de discriminación, violencia o acoso, ya sea por género, por maltrato en el trabajo o por conductas sexuales no deseadas. También deben crear condiciones para que puedas hacer tu trabajo sin descuidar tu vida personal o familiar, por ejemplo, con horarios flexibles si es posible. En pocas palabras, la ley busca que trabajes sin miedo a ser molestado y que puedas tener tiempo para ti y tu familia.
Texto oficial
Artículo 291-R.- Las empresas de plataformas digitales deberán observar una perspectiva de género que proteja a las personas trabajadoras de actos de discriminación, violencia laboral, violencia sexual, acoso u hostigamiento con motivo de su trabajo, y que permita conciliar el trabajo con la vida personal y familiar. Artículo adicionado DOF 24-12-2024
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