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Ley
LEY Federal del Trabajo
Artículo
298

Artículo 298 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres deportista profesional, tienes obligaciones como seguir las reglas y órdenes del equipo o club para el que trabajes. También debes asistir a los entrenamientos en el lugar y hora que te indique el club, y quedarte con el equipo antes de los partidos o eventos. Tienes que viajar cuando el club lo pida, y ellos deben pagar tus gastos de transporte, hotel y comida. Por último, estás obligado a respetar los reglamentos de tu deporte, tanto los de México como los internacionales.

Texto oficial

Artículo 298.- Los deportistas profesionales tienen las obligaciones especiales siguientes: I. Someterse a la disciplina de la empresa o club; II. Concurrir a las prácticas de preparación y adiestramiento en el lugar y a la hora señalados por la empresa o club y concentrarse para los eventos o funciones; III. Efectuar los viajes para los eventos o funciones de conformidad con las disposiciones de la empresa o club. Los gastos de transportación, hospedaje y alimentación serán por cuenta de la empresa o club; y IV. Respetar los reglamentos locales, nacionales e internacionales que rijan la práctica de los deportes.

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 90) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.