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Artículo 299 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Como jugador profesional, no puedes insultar ni agredir a los árbitros, a tus compañeros de equipo ni a los rivales, ya sea con palabras o con golpes. Si tu deporte es de uno contra uno, como el boxeo o la lucha, tampoco puedes hacer trampa ni usar movimientos que estén prohibidos en las reglas de ese deporte.

Texto oficial

Artículo 299.- Queda prohibido a los deportistas profesionales todo maltrato de palabra o de obra a los jueces o árbitros de los eventos, a sus compañeros y a los jugadores contrincantes. En los deportes que impliquen una contienda personal, los contendientes deberán abstenerse de todo acto prohibido por los reglamentos.

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 90) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.