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Artículo 303 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que hay dos razones especiales para que un patrón pueda terminar tu relación de trabajo. La primera es si cometes una falta grave de indisciplina o si desobedeces las reglas varias veces. La segunda es si por alguna razón pierdes tus facultades mentales o físicas para hacer tu chamba.

Texto oficial

Artículo 303.- Son causas especiales de rescisión y terminación de las relaciones de trabajo; I. La indisciplina grave o las faltas repetidas de indisciplina; y II. La pérdida de facultades. CAPITULO XI Personas trabajadoras artistas intérpretes o ejecutantes Denominación del Capítulo reformada DOF 14-05-2026

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 90) ↗

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