Artículo 315 de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Aunque tengas dos o más patrones al mismo tiempo, eso no te quita los derechos que te da esta ley como trabajador a domicilio. Siguen aplicando todas las protecciones, como un pago justo por tu trabajo y condiciones dignas. No importa cuántas personas te contraten, cada patrón tiene obligaciones contigo. Así que no dejes que te digan que por tener varios empleos pierdes algo.
Texto oficial
Artículo 315.- La simultaneidad de patrones no priva al trabajador a domicilio de los derechos que le concede este capítulo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.