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Artículo 345 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos es la que decide cuánto se les debe pagar a los trabajadores según su oficio o profesión, como albañiles, electricistas o carpinteros. Estos salarios se llaman "salarios mínimos profesionales". La Comisión los actualiza de vez en cuando, y los patrones están obligados a pagar esa cantidad mínima a sus empleados.

Texto oficial

Artículo 345.- La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos fijará los salarios mínimos profesionales que deberán pagarse a estos trabajadores. Artículo reformado DOF 21-01-1988

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 104) ↗

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