Artículo 346 de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las propinas que te dan los clientes cuentan como parte de tu sueldo, tal como lo dice otra regla de la ley. Tu jefe no puede quedarse con esas propinas ni recibir un porcentaje de ellas; son completamente tuyas.
Texto oficial
Artículo 346.- Las propinas son parte del salario de los trabajadores a que se refiere este capítulo en los términos del artículo 347. Los patrones no podrán reservarse ni tener participación alguna en ellas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.