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Artículo 38 de la Ley Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si trabajas en una mina que ya no tiene minerales que valga la pena extraer, o en una mina abandonada o detenida que se está restaurando, tu relación laboral puede ser por un tiempo fijo, por un proyecto específico, o solo mientras dure la inversión de dinero que se haya acordado. Esto significa que no es un trabajo permanente, sino que termina cuando se cumple el plazo, se termina la obra o se acaba el capital invertido.

Texto oficial

Artículo 38.- Las relaciones de trabajo para la explotación de minas que carezcan de minerales costeables o para la restauración de minas abandonadas o paralizadas, pueden ser por tiempo u obra determinado o para la inversión de capital determinado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.