- Ley
- LEY Federal del Trabajo
- Artículo
- 386
Artículo 386 de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El contrato colectivo de trabajo es un acuerdo entre un sindicato de trabajadores y los dueños de una empresa, donde se definen las reglas del trabajo (como salarios, horarios y vacaciones). Por ejemplo, si los empleados de una fábrica están organizados en un sindicato y el dueño firma este contrato, ahí se estipulan las condiciones que aplican para todos los trabajadores de esa fábrica. También puede firmarse entre varios sindicatos o varias empresas. En pocas palabras, es como un reglamento que negocian los trabajadores y los patrones para que todos sepan a qué le tiran.
Texto oficial
Artículo 386.- Contrato colectivo de trabajo es el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una o más empresas o establecimientos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.