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Ley
LEY Federal del Trabajo
Artículo
388

Artículo 388 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando en una empresa hay varios sindicatos, las reglas son las siguientes: - Si hay sindicatos de la misma empresa o del mismo giro (como de industria), el contrato colectivo lo firma el que tenga más votos de los trabajadores. - Si hay varios sindicatos por oficio (como de electricistas o carpinteros), el contrato se celebra con el grupo de sindicatos que represente a la mayoría de cada profesión, siempre que se pongan de acuerdo. Si no se ponen de acuerdo, cada sindicato firma su propio contrato para su oficio. - Si hay sindicatos por oficio y también sindicatos de empresa o industria, los primeros pueden firmar un contrato para su oficio solo si tienen más votos de los trabajadores de esa profesión que los que votan por el otro tipo de sindicato. Para decidir quién gana, se cuentan los votos de los trabajadores según un proceso específico. El sindicato o sindicatos que tengan la mayoría recibirán un documento oficial (la Constancia de Representatividad) para poder pedir y firmar el contrato colectivo de trabajo.

Texto oficial

Artículo 388.- Si dentro de la misma empresa existen varios sindicatos, se observarán las normas siguientes: I. Si concurren sindicatos de empresa o industriales o unos y otros, el contrato colectivo se celebrará con el que obtenga el mayor número de votos de los trabajadores dentro de la empresa; Fracción reformada DOF 01-05-2019 II. Si concurren sindicatos gremiales, el contrato colectivo se celebrará con el conjunto de los sindicatos mayoritarios que representen a las profesiones, siempre que se pongan de acuerdo. En caso contrario, cada sindicato celebrará un contrato colectivo para su profesión; y III. Si concurren sindicatos gremiales y de empresa o de industria, podrán los primeros celebrar un contrato colectivo para su profesión, siempre que el número de trabajadores a su favor sea mayor que el de los trabajadores de la misma profesión que voten por el sindicato de empresa o de industria. Fracción reformada DOF 01-05-2019 El voto de los trabajadores será conforme al procedimiento contemplado en el artículo 390 Bis. El sindicato o sindicatos que conforme a lo dispuesto en el presente capítulo obtengan la mayoría de LEY FEDERAL DEL TRABAJO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-05-2026 121 de 457 trabajadores, según sea el caso, obtendrán la Constancia de Representatividad correspondiente a fin de solicitar la celebración y firma del contrato colectivo de trabajo en términos del artículo 387. Párrafo adicionado DOF 01-05-2019

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 120) ↗

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