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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFT/39-C
Ley
LEY Federal del Trabajo
Artículo
39-C

Artículo 39-C de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si empiezas a trabajar con un periodo de prueba o de capacitación inicial, tu patrón te debe dar un contrato por escrito que incluya tu seguridad social. Si no te lo da por escrito, la ley dice que automáticamente tu relación de trabajo se vuelve por tiempo indeterminado, o sea, indefinida. Además, aunque sea periodo de prueba, tienes derecho a que te cubran el seguro social, como cualquier otro trabajador.

Texto oficial

Artículo 39-C. La relación de trabajo con periodo a prueba o de capacitación inicial, se hará constar por escrito garantizando la seguridad social del trabajador; en caso contrario se entenderá que es por tiempo indeterminado, y se garantizarán los derechos de seguridad social del trabajador. Artículo adicionado DOF 30-11-2012

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 12) ↗

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