- Ley
- LEY Federal del Trabajo
- Artículo
- 39-C
Artículo 39-C de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si empiezas a trabajar con un periodo de prueba o de capacitación inicial, tu patrón te debe dar un contrato por escrito que incluya tu seguridad social. Si no te lo da por escrito, la ley dice que automáticamente tu relación de trabajo se vuelve por tiempo indeterminado, o sea, indefinida. Además, aunque sea periodo de prueba, tienes derecho a que te cubran el seguro social, como cualquier otro trabajador.
Texto oficial
Artículo 39-C. La relación de trabajo con periodo a prueba o de capacitación inicial, se hará constar por escrito garantizando la seguridad social del trabajador; en caso contrario se entenderá que es por tiempo indeterminado, y se garantizarán los derechos de seguridad social del trabajador. Artículo adicionado DOF 30-11-2012
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.