Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFT/413
- Ley
- LEY Federal del Trabajo
- Artículo
- 413
Artículo 413 de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
En el contrato-ley se pueden poner las mismas reglas que ya están escritas en el artículo 395. Quién se encarga de aplicarlas en cada empresa es el sindicato que administra ese contrato-ley.
Texto oficial
Artículo 413.- En el contrato-ley podrán establecerse las cláusulas a que se refiere el artículo 395. Su aplicación corresponderá al sindicato administrador del contrato-ley en cada empresa.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.