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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFT/413
Ley
LEY Federal del Trabajo
Artículo
413

Artículo 413 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En el contrato-ley se pueden poner las mismas reglas que ya están escritas en el artículo 395. Quién se encarga de aplicarlas en cada empresa es el sindicato que administra ese contrato-ley.

Texto oficial

Artículo 413.- En el contrato-ley podrán establecerse las cláusulas a que se refiere el artículo 395. Su aplicación corresponderá al sindicato administrador del contrato-ley en cada empresa.

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 130) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.