Artículo 419 de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 419 explica cómo se revisa un contrato-ley, que es como un acuerdo general de trabajo para una industria completa. Solo los sindicatos (grupos de trabajadores) o los patrones (dueños de empresas) que representen a la mayoría de los trabajadores o empresas pueden pedir la revisión. La solicitud debe hacerse al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral al menos 90 días antes de que termine el contrato. Si ambas partes llegan a un nuevo acuerdo, se publica en el periódico oficial y empieza a aplicarse desde esa publicación, a menos que acuerden otra fecha. Si no logran ponerse de acuerdo, el contrato original se extiende automáticamente.
Texto oficial
Artículo 419.- En la revisión del contrato-ley se observarán las normas siguientes: I. Podrán solicitar la revisión los sindicatos de trabajadores o los patrones que representen las mayorías señaladas en el artículo 406; II. La solicitud se presentará ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, noventa días naturales antes del vencimiento del contrato-ley, por lo menos; Fracción reformada DOF 09-04-2012, 01-05-2019 III. La autoridad que reciba la solicitud, después de verificar el requisito de mayoría, convocará a los sindicatos de trabajadores y a los patrones afectados a una convención, que se regirá por lo dispuesto en el artículo 411; y IV. Si los sindicatos de trabajadores y los patrones llegan a un convenio que cumpla con lo previsto en el primer párrafo del artículo 414, el titular del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, lo comunicará al titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para su publicación en el Diario Oficial de la Federación o bien al Gobernador de la entidad federativa o al Jefe de Gobierno de la Ciudad de México para que lo publiquen en el periódico oficial de la Entidad Federativa, según corresponda. Las reformas surtirán efectos a partir del día de su publicación, salvo que la convención señale una fecha distinta, y Fracción reformada DOF 09-04-2012, 01-05-2019 V. Si al concluir el procedimiento de revisión, los sindicatos de trabajadores y los patrones no llegan a un convenio, el contrato-ley se tendrá por prorrogado, para todos los efectos legales a que haya lugar. Fracción adicionada DOF 01-05-2019
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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