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Artículo 420 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si ni los trabajadores ni la empresa pidieron revisar el contrato-ley antes de que se venciera, y tampoco estalló ninguna huelga, entonces ese contrato se extiende automáticamente por el mismo tiempo que duró originalmente. O sea, si el contrato era por dos años, se renueva por otros dos años sin necesidad de hacer nada.

Texto oficial

Artículo 420.- Si ninguna de las partes solicitó la revisión o no se ejercitó el derecho de huelga, el contrato-ley se prorrogará por un período igual al que se hubiese fijado para su duración.

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 132) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.