Artículo 449 de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 449 dice que cuando los trabajadores quieran irse a huelga, el Tribunal y las autoridades civiles tienen la obligación de proteger ese derecho. Esto significa que deben apoyar a los trabajadores dándoles las condiciones necesarias y ayudándoles si piden respaldo para detener sus labores. En otras palabras, si tú o tus compañeros deciden hacer huelga, el gobierno debe intervenir para que puedan hacerlo sin problemas. No pueden ponerse en contra ni impedirla. La ley busca que la huelga sea respetada como un derecho de los trabajadores.
Texto oficial
Artículo 449.- El Tribunal y las autoridades civiles correspondientes deberán hacer respetar el derecho de huelga, dando a los trabajadores las garantías necesarias y prestándoles el auxilio que soliciten para suspender el trabajo. Artículo reformado DOF 01-05-2019 CAPITULO II Objetivos y procedimientos de huelga
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