- Ley
- LEY Federal del Trabajo
- Artículo
- 684-G
Artículo 684-G de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para ser conciliador necesitas tener al menos 21 años (porque debes poder votar y ser votado) y tener un título universitario en una carrera relacionada con el trabajo. También es recomendable tener tres años de experiencia en derecho laboral o una especialización en el tema, además de una certificación en conciliación o mediación. Debes aprobar un examen de selección y no tener ninguna inhabilitación para trabajar en el servicio público. Por último, es necesario que sepas sobre derechos humanos y perspectiva de género.
Texto oficial
Artículo 684-G.- Para desempeñar el cargo de conciliador se deben cubrir los siguientes requisitos: I. Gozar del pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles; II. Tener preferentemente experiencia de por lo menos tres años en áreas del derecho del trabajo o especialización en las actividades que se vinculen con las atribuciones del Centro de Conciliación que corresponda; III. Contar con título profesional a nivel licenciatura en una carrera afín a la función del Centro; IV. Tener preferentemente certificación en conciliación laboral o mediación y mecanismos alternativos de solución de controversias; V. Tener conocimiento sobre derechos humanos y perspectiva de género; VI. Aprobar el procedimiento de selección que se establezca para tal efecto, y VII. No estar inhabilitado para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público. Artículo adicionado DOF 01-05-2019
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.