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Ley
LEY Federal del Trabajo
Artículo
684-G

Artículo 684-G de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para ser conciliador necesitas tener al menos 21 años (porque debes poder votar y ser votado) y tener un título universitario en una carrera relacionada con el trabajo. También es recomendable tener tres años de experiencia en derecho laboral o una especialización en el tema, además de una certificación en conciliación o mediación. Debes aprobar un examen de selección y no tener ninguna inhabilitación para trabajar en el servicio público. Por último, es necesario que sepas sobre derechos humanos y perspectiva de género.

Texto oficial

Artículo 684-G.- Para desempeñar el cargo de conciliador se deben cubrir los siguientes requisitos: I. Gozar del pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles; II. Tener preferentemente experiencia de por lo menos tres años en áreas del derecho del trabajo o especialización en las actividades que se vinculen con las atribuciones del Centro de Conciliación que corresponda; III. Contar con título profesional a nivel licenciatura en una carrera afín a la función del Centro; IV. Tener preferentemente certificación en conciliación laboral o mediación y mecanismos alternativos de solución de controversias; V. Tener conocimiento sobre derechos humanos y perspectiva de género; VI. Aprobar el procedimiento de selección que se establezca para tal efecto, y VII. No estar inhabilitado para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público. Artículo adicionado DOF 01-05-2019

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 305) ↗

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