- Ley
- LEY Federal del Trabajo
- Artículo
- 689
Artículo 689 de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las partes en un juicio laboral son los trabajadores, las empresas o cualquier persona (física, como tú, o moral, como una compañía) que tenga un interés legal en el asunto. Esto significa que pueden presentar una queja (acción) o defenderse (oponer excepciones) si son demandados. Para participar, deben demostrar que el caso les afecta directamente, por ejemplo, si les deben dinero o si los despidieron injustificadamente. En pocas palabras, solo puedes ser parte de un juicio si tienes algo que ganar o perder en él.
Texto oficial
Artículo 689. Son partes en el proceso del trabajo, las personas físicas o morales que acrediten su interés jurídico en el proceso y ejerciten acciones u opongan excepciones. Artículo reformado DOF 04-01-1980, 30-11-2012
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